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Hola, ¿qué tal? Os damos la bienvenida a Autoría: el podcast de propiedad intelectual para dummies, en el que respondemos a todas vuestras dudas sobre este apasionante mundo de los derechos de autoría, en particular, y la propiedad intelectual, en general.
Podéis dejar vuestras preguntas en legardon.net/contacto y quienes estamos al otro lado, Ainara LeGardon, música y especialista en propiedad intelectual, y quien os habla, Alberto Cortés, responsable del podcast ERA Magazine, trataremos de dar respuesta.
Empezamos el programa con un comentario que nos dejó Marcos García Alonso en Twitter, respondiendo al enlace que dejamos con el programa 31, acompañado de nuestra cita: «Todas las plataformas digitales tienen una cláusula referente a propiedad intelectual y en general la persona que comparte el contenido declara ser el titular de los derechos o tener el permiso para hacerlo». Marcos añadió: «Hasta tal punto esto es así que en plataformas como Twitch los jugadores comienzan a utilizar «el copyright» como arma de ataque en juegos como Rust. Alguien se acerca y, en lugar de disparar, reproduce una canción que provoca que el contrario no pueda monetizar ese directo».
Respecto al livestreaming, también ha habido nuevas noticias desde que grabamos el capítulo anterior y que Ainara nos aclara en el programa.
Además, hoy abordamos un tema que ya ha salido varias veces en nuestro podcast: las obras en coautoría, es decir, las que están creadas por varias personas. Es una cuestión que ya hemos tratado desde diferentes ángulos (por ejemplo a través de la pregunta de Manuel en el programa número 25, o la de Eloy, que abordamos en el número 7), pero como es una cuestión importante, hoy vamos a profundizar un poco más en ella.
Sonia, una de nuestras oyentes, nos hace la siguiente pregunta:
«Hola Ainara, soy Sonia. Hice un taller online contigo que me encantó. Muchas gracias por todo tu trabajo de divulgación porque el tema de los derechos, a pesar de intentar profundizar, me cuesta muchísimo 😉 Pero mi consulta es por otra cosa, no sé si podrías orientarme. Resulta que mi pareja es dj productor y un par de artistas raperas le han pedido unas bases para ponerles letra y voz. Él se las ha dado ya, les han gustado y la idea sería colaborar para que ellas pudiesen sacar esos temas. He escuchado tu podcast 003 Derechos de autoría en bases de rap y sampling para intentar ayudarle en relación con los derechos, para que puedan ponerse a trabajar junto/as. Me ha quedado claro en tu podcast que lo que se suele pactar es que el reparto de los derechos de autoría suele ser 50% para la persona que realiza el track instrumental y 50% para la parte vocal-letra. Pero a la hora de redactar el contrato estoy un poco perdida, ya que no lo he hecho nunca. ¿Habría algún modelo que puedas recomendarme al que pueda echar un vistazo? ¿Se suelen redactar contratos aunque se trate de una colaboración entre compañeros/amigos/as? La idea es que todas las partes tengan los derechos que les corresponde y sea todo formal…«.
Esta consulta nos lleva a preguntarnos muchas más cosas:
- Es curioso que se cuestione si es normal que entre personas que tienen una relación de amistad se firmen este tipo de acuerdos, como si por ser amigos/as no se pudieran hablar abiertamente estos temas, ¿no? Quizás hay algún tabú…
- ¿Qué tipo de documento recomiendas firmar? ¿Qué debería contener ese acuerdo?
- ¿Y si una de estas personas está vulnerando derechos de otros titulares, plagiando, copiando… ¿Cómo afecta esto al resto de personas coautoras de la obra?
- Lo más importante es establecer qué porcentaje de derechos se lleva cada persona, ¿no? Porque de ahí es de donde yo creo que pueden surgir los mayores conflictos o desacuerdos…
- ¿Respecto a la toma de decisiones, estos porcentajes pueden afectar? ¿Hay alguien cuyas decisiones tengan más peso?
- ¿Nos puedes poner ejemplos de esos porcentajes establecidos por las entidades de gestión colectiva? Porque nos contabas en un programa anterior que SGAE contempla, a falta de otro acuerdo, el 50% para la letra y el 50% para la música, ¿no? ¿Cómo funciona en audiovisuales o en danza, por ejemplo?
La recomendación de esta semana es el documental «Tijera contra papel», sobre la censura y falta de libertad de expresión. Hasta catorce raperos están condenados a prisión por el contenido de sus letras.
Y no olvidéis que podéis mandar vuestras preguntas sobre propiedad intelectual a legardon.net/contacto. Desde este espacio sonoro intentaremos dar respuestas. Hasta dentro de siete días. Adiós.
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Este podcast nace con la intención de hacer entendible el entramado de los derechos de propiedad intelectual y facilitar su comprensión a las personas creadoras. Si algo de lo que contamos te ha servido de ayuda y te apetece contribuir a que sigamos realizando nuestra labor compartiendo el contenido de forma gratuita, puedes donar algo aquí (cualquier cantidad será bienvenida e invertida en mantener este podcast):